Ayuda Autoliquidación
A continuación se relacionan una serie de indicaciones. Puede consultar instrucciones más detalladas accediendo al siguiente enlace TUTORIAL DE AUTOLIQUIDACIONES
Sujeto Pasivo
En este lugar deberá cumplimentarse la información fiscal de la persona que figurará como titular de la autoliquidación. Corresponderá con el sujeto obligado al pago.
Representante
En el caso que sea preciso, se deberá cumplimentar la información referida al representante del sujeto pasivo. Un ejemplo de ello se da en el caso que la persona que realiza el trámite es distinta al obligado.
Autoliquidación
En el lugar denominado
Objeto Tributario, deberá indicar el objeto que origina la obligación y, por tanto, la presentación de la autoliquidación. Así, y a modo de ejemplo, podría indicar:
- Si se trata de una Licencia de Apertura, de la Tasa de Recogida de Basura, Tasa por Entrada de Vehículos, etc., el domicilio del servicio o de ubicación de la licencia.
- Si se tratase de una Licencia de Auto taxi, la matrícula del vehículo.
- Si se tratase de la tasa de Guardería Municipal, el nombre del alumno.
En el lugar indicado como descripción deberá indicar aquella información que considere necesaria para la correcta localización del hecho por el que se autoliquida. Por favor, redacte el contenido con letra mayúscula y de forma clara.
En el lugar señalado como Cuota A Ingresar deberá indicar el importe por el que se autoliquida.
La Fecha de Devengo es la fecha en la que se produce el hecho imponible y por tanto, la obligación de realizar el pago de la deuda.
Fecha y Firma
No olvide indicar la fecha en la que está realizando el trámite, así como firmar el documento.
Documentación Bancaria
En el caso de tratarse de un tributo de cobro periódico, el declarante podrá realizar la domiciliación bancaria del cobro futuro. Para ello, podrá indicar el número de cuenta cliente en el que se realizarán los cargos de futuros recibos.
No olvide autorizar el cobro en su sucursal bancaria, así como firmar la autorización de cargo en cuenta.
Normativa Aplicable
- Ordenanza Fiscal Municipal reguladora del Impuesto o tasa por el que se está autoliquidando usted.
- Texto refundido de la Ley Reguladora de las Hacienda Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004.
- Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.